Biblioteca STA


PP019
Analítico de Periódico

P89_35


BENITO, Ignacio Lledó
El whistleblowing o canales de denuncia en la implementación del programa de compliance en las empresas / Ignacio Lledó Benito
THEMIS - Revista da Faculdade de Direito da UNL, Coimbra, a.20 n.35 (2019), p.155-198
Estante n.º 13


DIREITO COMUNITÁRIO, VIOLAÇÃO DO DIREITO COMUNITÁRIO, DENÚNCIA, PROTEÇÃO DO DENUNCIANTE, ÉTICA EMPRESARIAL

"La Directiva Europea 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, abre la puerta de manera oficial y obligatoria a todos los países de la UE a implementar los canales de denuncia o whistleblowing en las organizaciones empresariales del sector privado y el sector público, pudiendo llegar a ser reveladas públicamente si no cumplen con las medidas que se invitan a adoptar, además de obligar a incluir una serie de medidas para proteger al informante o denunciante (whistleblower) de represalías. En España ya contábamos con los programas de Compliance en los que uno de los requisitos para probar su eficacia y validez era tener un canal de denuncias en las personas jurídicas con responsabilidad penal. Este artículo realiza un análisis general de las particularidades del canal de denuncias o whistleblowing en las organizaciones empresariales, analizando la legalidad de las denuncias anónimas y confidenciales y su respeto a la LOPDPGDD, la descripción en el Código Ético de los canales de denuncia y las irregularidades o comportamientos delictivos, las medidas disciplinarias y la cultura ética de cumplimiento”.