351.712(82)ANG Monografia 2969 | |
ÁNGEL BERÇAITZ, Miguel Teoria general de los contratos administrativos / Miguel Ángel Berçaitz.- 2ª ed. corregida y act. con la ley 19.549.- Buenos Aires : Ediciones Depalma, [1980].- XXX,679p. ; 23cm (Encad.) : compra DIREITO ADMINISTRATIVO / Argentina, CONTRATO ADMINISTRATIVO / Argentina, ADMINISTRAÇÃO PÚBLICA / Argentina, TEORIA DOS CONTRATOS / Argentina, EXTINÇÃO DO CONTRATO / Argentina Introducción. Actividad jurídica de la administración pública. - PARTE I. Teoría general del contrato. - Cap. I. Evolución del contrato. - Cap. II. El dirigismo contractual. - Cap. III. El dirigismo contratual en nuestro país. - Cap. IV. El dirigismo contractual en los demás países. - Cap. V. La crisis del contrato. - Cap. VI. Em ámbito del contrato. - PARTE II. Teoría general del contrato administrativo. - Cap. VII. Contratos administrativos. - Cap. VIII. Diferenciación de los contratos administrativos con los contratos de derecho privado. - Cap. IX. Caracterización jurídica de los contratos administrativos. - Cap. X. Clasificación de los contratos administrativos. - Cap. XI. Elementos esenciales del contrato administrativos. - Cap. XII. Elementos no esenciales del contrato administrativo. - Cap. XIII. Caracteres y régimen del contrato administrativo. - Cap. XIV. Efectos de los contratos administrativos. - Cap. XV. Ejecución de los contratos administrativos. - Cap. XVI. Ejecución de los contratos administrativos. - Cap. XVII. Extinción de los contratos administrativos. - Cap. XVIII. Revocación por razones de oportunidad, mérito o conveniencia. - Cap. XIX. Revocación por razones de ilegitimidad. - Cap. XX. Revocación por razones de ilegitimidad. Impugnación judicial. Ley 19.549. - Cap. XXI. Revogación o anulación por razones de moralidad. - Cap. XXII. Rescisión por hecho relativo o imputable al cocontratante. - Rescisión por caso fortuito o fuerza mayor. - Cap. XXIV. Rescisión por el cocontratante. - Cap. XXV. Rescisión de común acuerdo. Renuncia. - Cap. XXVI. Remedios jurisdiccionales. - Cap. XXVII. La función o empleo público y la concessión de servicios públicos. |