Biblioteca PGR


PP319
Analítico de Periódico



FENOY PICÓN, Nieves
La revisión del tratamiento de la impossibilidad inicial y del error en los contratos, a través del análisis de diversos textos jurídicos / Nieves Fenoy Picón
Anuario de Derecho Civil, t.70 n.2 (abril-junio 2017), p.473-785


DIREITO CIVIL, DIREITO DOS CONTRATOS, DIREITO COMPARADO, ERRO, INCUMPRIMENTO DO CONTRATO, NULIDADE DO CONTRATO

La regulación del error en los contratos del Código civil es antigua y parca, y no refleja la doctrina de los autores, ni su aplicación práctica por los tribunales, siendo conveniente su reforma. La cuestión es cómo hacerse. Para responderlo, en el trabajo se analizan diferentes modelos de regulación del error en los contratar, teniendo en cuenta la distinción error vicio/error en la declaración. Categorizando, puede distinguirse entre: a) el modelo tradicional: Código civil, Code civil francés antes de su reforma de 2016, algunos Códigos civiles latinoamericanos; b) el modelo tradicional actualizado: Code civil tras su reforma de 2016; y c) el modelo moderno: Principies of European Contract Law, Draft Common Frame of Reference, Principios UNIDROIT sobre contratos comerciales internacionales, Derecho holandés, Principios OHADAC sobre los contratos comerciales internacionales, Principios Latinoamericanos de Derecho de contratos, Propuesta para la modernización del Derecho de obligaciones y contratos, Propuesta de Código civil de la Asociación de Profesores de Derecho civil, Propuesta para el Código civil de Cataluña de los profesores Bosch/del Pozo/Vaquer Por otro lado, hay que tener en cuenta al Derecho inglés. La adopción, en el erro, de uno u otro modelo es decisión de política legislativa, en cuyo trasfondo se entremezclan los principios de autorresponsabilidad, de confianza y seguridad del tráfico jurídico, y el logro de una buena y equilibrada regulación. La regulación moderna del error responde, en principio, a lo anterior y existe Una tendencia favorable a ella. En los sistemas jurídico continentales, la imposibilidad inicial, total, absoluta y definitiva se ha tratado tradicionalmente como supuesto de nulidad absoluta del contrato. Pero, hay también sistemas jurídicos que para aquélla admiten la validez del contrato y permiten que el contrato pueda anularse (por error, dolo) y aplican, en ocasiones, el régimen del incumplimiento contractual. Otras veces, aquella imposibilidad se reconduce, sin más, al incumplimiento contractual. En los textos jurídicos anteriormente citados se encuentran ambos modelos de regulación y al igual que para el error, la cuestión es cuál adoptar en la reforma del Código civil. En dichos textos se percibe la tendencia a evitar la nulidad absoluta del contrato, pero, en el Code civil tras su reforma de 2016 y en la Propuesta para el Código civil de Cataluña se continúa con el modelo tradicional de la nulidad absoluta del contrato.