Biblioteca PGR


PP974
Analítico de Periódico



ALKORTA IDIAKEZ, Itziar
Nuevos límites del derecho a procrear / Itziar Alkorta Idiakez
Derecho privado y constitución, Madrid, a.14n.20(Enero-Diciembre2006), p.9-61


DIREITO DA FAMÍLIA, REPRODUÇÃO ASSISTIDA, FECUNDAÇÃO IN VITRO, EMBRIÃO HUMANO, TEDH

La compartimentalización de la procreación humana a través de las técnicas de reproducción asistida, que permiten almacenar extracorpóreamente gametos y embriones, ha marcado una tendencia hacia la contractualización de los derechos reproductivos. Las parejas que se someten a una fecundación in vitro se ven obligadas a decidir de antemano el destino de los embriones sobrantes (no implantados) y empieza a ser frecuente que en casos de separación o divorcio uno de ellos (generalmente el varón) revoque el consentimiento prestado para la implantación de los embriones depositados frente a la reclamación de la mujer para gestarlos. En un caso de este tipo, una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (caso Evans contra Reino Unido, de 7 de marzo de 2006) ha reconocido el derecho preferente a no ser forzado a procrear sobre el derecho a procrear haciendo uso de gametos propios. En el presente artículo se analiza el impacto de los conflictos sobre disposición de los embriones criopreservados en el llamado “derecho a la libertad reproductiva”. Con dicho fin se analiza el estado de la cuestión de los derechos reproductivos en el ordenamiento internacional, para pasar después a estudiar tanto las leyes europeas sobre reproducción asistida como la jurisprudencia americana concerniente a los conflictos sobre “custodia de embriones”. Finalmente, se aborda la cuestión de la resarcibilidad, en estos casos, de los daños producidos a la parte que pierde la oportunidad de procrear.