Biblioteca PGR


PP800
Analítico de Periódico



DE LA CUESTA AGUADO, Paz M.
La ambigüedad no es programable : racionalización normativa y control interno en inteligencia artificial / Paz M. de la Cuesta Aguado
Revista de Derecho y Proceso Penal, Pamplona, n.44 (octubre-diciembre 2016), p.165-194


DIREITO PROCESSUAL PENAL / Espanha, ARGUMENTAÇÃO JURÍDICA / Espanha, PROVA PENAL / Espanha, DIREITO DA INFORMÁTICA / Espanha, RESOLUÇÃO DE CONFLITOS / Espanha, CONTROLO DA LEGALIDADE / Espanha, INTELIGÊNCIA ARTIFICIAL / Espanha, PROGRAMAÇÃO / Espanha

El articulo reflexiona sobre la posibilidad de exigir responsabilidad penal a los entes artificiales inteligentes (con independencia y/o coordinadamente, pero al margen de la de sus artífices) y, en su caso, como hacerlo. La concepción acerca de la naturaleza jurídica del Derecho penal como derecho sancionador por antonomasia en nuestro ordenamiento jurídico condiciona, en parte, el resultado de la investigación, pues la opción propuesta centra la normatividad del Derecho penal, precisamente, en su capacidad para regular conductas. Desde esta perspectiva, el Derecho penal puede aportar conocimiento y respuestas a la reflexión sobre el control jurídico de la Inteligencia Artificial (lA) en tres ámbitos: el meramente normativo, en la medida en que su función es regular conductas mediante el establecimiento de reglas y excepciones; el de atribución de responsabilidad (penal), favoreciendo la racionalización de la respuesta jurídica y el de la búsqueda de consecuencias jurídicas sancionadoras. Esta última cuestión no será objeto de este trabajo, sin embargo. Como hipótesis de partida se toman en consideración—hipotéticamente— entes artificiales que pueden ser inteligentes y autónomos: autonomía que se define como capacidad para regular el propio comportamiento sin condicionamientos externos. Esto exigirá —y en parte se hace aquí, aunque ya ha sido objeto de otras investigaciones— la teorización sobre un concepto de autonomía de la voluntad en el ámbito de la lA que sirva como equivalente funcional al concepto de autonomía de la voluntad propio del Derecho y que sirve como referente y punto de partida para la exigencia de responsabilidad jurídica y, específicamente, penal. En el trabajo se apoya la exigencia de un sistema de control interno del ente inteligente; control que, en cuanto que sistema de normas de conducta integrado en el software planteara problemas de coordinación normativa y lógica entre las normas y, en su caso, las posibles excepciones a las mismas. Pero ni el control interno ni las normas que lo componen pueden determinarse a priori con carácter general y, desde luego, el modelo de control normativo interno dependerá de las funciones y deberes que tenga encomendado el ente inteligente. Los defectos del software pueden producir disfunciones que afecten a la capacidad del ente (inteligencia) para resolver cuestiones o a la toma de decisión correcta, generando errores de actuación que, salvando las diferencias podrían necesitar de tratamiento similar al ofrecido a problema del error y de las excusas de nuestro ordenamiento jurídico—en relación con seres humanos—. Los problemas más importantes se plantearan cuando se trate de prever la regla para la resolución de situaciones de conflicto en las que el ente inteligente tenga que optar entre conductas lesivas (algunos supuestos de conflictos normativos, legítima defensa de terceros y de estado de necesidad ajeno). Los lenguajes de programación suelen contener procedimientos para evitar y resolver los conflictos normativos, pero en el ámbito de los conflictos a los que nos estamos refiriendo, la complejidad de los propios supuestos de hecho requerirá, por un lado, un conjunto importante de datos destinados a definir todos y cada uno de los elementos necesarios para el juicio y, aun así, es muy posible que la ambigüedad no sea totalmente superable. Pero este esfuerzo de racionalización de la ambigüedad tiene en doble recorrido (o, en este sentido, sería una puerta giratoria), pues si bien de Derecho penal utiliza la ambigüedad como forma de garantizar la abstracción en la construcción normativa y su aplicación a casos muy diversos –lo que tiene como consecuencia colateral la renuncia a la precisión y la admisión de grados a veces poco tolerables de discrecionalidad – la reducción de la ambigüedad tolerable en los humanos dotará de mayor seguridad a la respuesta jurídica y facilitará la construcción de ordenamientos jurídicos adecuados a sociedades morales de lo bueno y de lo justo y, sobre todo, democráticas.