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PP894
Analítico de Periódico



ABAD ARENAS, Encarnación
Reclamación de alimentos en favor de hijos mayores de edad y emancipados : revisión de su régimen jurídico, requisitos y extinción de la obligación legal / Encarnación Abad Arenas
RDUNED. Revista de Derecho UNED, Madrid, n.12 v.1 (1º Semestre 2013), p.17-75


DIREITO DA FAMÍLIA / Espanha, DIREITO DOS MENORES / Espanha, FILIAÇÃO / Espanha, PODER PATERNAL / Espanha, PENSÃO DE ALIMENTOS / Espanha, EXTINÇÃO DAS OBRIGAÇÕES / Espanha, OBRIGAÇÃO DE ALIMENTOS / Espanha

El objeto del presente trabajo es analizar la prestación alimenticia a favor de los hijos mayores de edad o emancipados, prevista por el párrafo segundo del artículo 93 CC –según la redacción dada por Ley 11/1990, de 15 de octubre, sobre reforma del CC, en aplicación del principio de no discriminación por razón de sexo–. Reforma que ha pretendido dar una solución a la problemática suscitada por el régimen anterior, circunscrita a menores de edad. Este párrafo –que no ha supuesto una adaptación del CC al principio de no discriminación por razón de sexo-, introduce una norma de carácter procesal que permite en los procesos matrimoniales regular los alimentos de estos hijos de forma conjunta con las medidas complementarias derivadas de la situación de la crisis de pareja. Examinaremos los presupuestos exigidos para reclamar dichos alimentos, deteniéndonos en aquellos casos donde se mantiene la pensión por la concurrencia de los requisitos legales, teniendo en cuenta la doctrina jurisprudencial partidaria de establecer un límite temporal a su vigencia si concursan determinadas circunstancias. Adicionalmente nos detendremos en el artículo 146 CC y la cuantía de la obligación, teniendo presente que estará en función de las necesidades del hijo y de la proporción en que deberán contribuir los obligados a prestarla. Subrayaremos la novedad introducida el TS sobre quién ha de ser parte en los procesos matrimoniales, en virtud de la cual el único legitimado para reclamar la pensión en favor de los hijos mayores de edad es el progenitor conviviente. Finalmente, nos detendremos en alguno de los supuestos en que podría tener lugar la extinción de la obligación alimenticia establecida a favor de los hijos mayores de edad.